CChC Punta Arenas, realiza charla sobre el Decreto N° 10 sobre el uso y seguridad de calderas

08 / 07 / 16
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Con el objetivo de informar y contribuir a la seguridad física de las personas que operan calderas y otros equipos que funcionan con vapor de agua, la CChC Punta Arenas realizó una charla donde se detalló expresamente la normativa que deben cumplir las instituciones ligadas al Decreto Supremo N° 10 de la Subsecretaría de Salud Pública.

Todas las calderas, autoclaves y equipos que utilicen vapor de agua están sometidos bajo este Decreto, excepto, las que están instaladas en casas de uso residencial, destinadas a casa habitación; sí estas son utilizadas para comercio o alguna otra actividad económica, inmediatamente pasa a regirse por la legislación en cuestión.

La charla estuvo a cargo de Néstor Muñoz, ingeniero civil industrial y químico de la universidad de Magallanes, quien destacó que: “esta actividad, nos permite dar a conocer el tema, que no es muy claro para muchos y acaba de salir a la palestra, por lo tanto hay mucha gente que tiene discusiones respecto a la normativa y creo que es importante aclararla para tener un punto común de discusión y después tener un punto común de trabajo. El principal tema es la seguridad, está enfocado a la seguridad de la sala de caldera y a la caldera en particular, como elemento de alto riesgo, así que se enfoca en una serie de artículos reglamentarios y de necesidades que debe tener tanto la sala como la caldera en particular”.

Todas las calderas y autoclaves deberán contar con un libro de vida durante toda su vida útil. Si bien esto ya estaba normado desde antes, desde ahora el propietario estará obligado a mantenerlo y conservarlo en buen estado. Deberá contener una memoria explicativa en español con las especificaciones técnicas y cálculos de diseño de la caldera o autoclave, con indicaciones de las normas nacionales o extranjeras empleadas, junto a otras especificaciones.

Además, solo las calderas deberán contar con un libro foliado de operación diaria (distinto al libro de vida) en el cual el operador registrará, su nombre, análisis de agua, limpieza del estanque de retención o de purgas, purgas manuales realizadas y otras acciones relevantes, estos registros deben ser tomados y registrados cada 4 horas.

Ricardo Saquel, Consejero Regional de la CChC Punta Arenas, manifestó que: “nosotros constantemente realizamos charlas y actividades destinadas a mejorar y perfeccionar nuestro rubro, tanto para los prestadores de servicios, como para quienes trabajamos directamente y sin duda la seguridad laboral es uno de los temas más relevantes que tenemos como gremio”.

Sin duda es un desafío que están enfrentando diversos actores sociales, ya que la mayoría de las grandes edificaciones de la región utilizan estos equipos para calefaccionarse, por lo que próximamente se espera poder trabajar en la conformación de una mesa de trabajo multisectorial, que será liderada por la CChC para aunar criterios y comenzar a funcionar de manera uniforme y coordinada entre todos los involucrados.