¿Cómo activar la Ley FUC?

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Por Javier Hurtado, asesor de la Cámara Chilena de la Construcción y miembro del CPI

Señor Director:

La Ley de Financiamiento Urbano Compartido (FUC) cumplió 20 años en abril, la que permite a los Serviu y a las municipalidades captar recursos privados para realizar proyectos. Esta norma permite a estas instituciones celebrar contratos de participación con terceros a cambio de contraprestaciones consistentes en otorgar derechos sobre bienes muebles y/o la explotación de los mismos.

A través del FUC se podrían construir centros de salud, colegios, jardines infantiles, veredas, parques y estacionamientos y otros. Se trata de iniciativas de menor escala donde la Ley de Concesiones no es el instrumento más adecuado.

Esta ley presenta debilidades: la falta de garantías que permitan el financiamiento de proyectos; barreras de entrada a las empresas pequeñas y un alto riesgo asociado al éxito de las obras. Tampoco hay un régimen de reembolso a todo evento de los estudios; no hay un sistema objetivo en cuanto a su valoración ni “premios” a la licitación que presentó la iniciativa.

Esta norma debe tener modificaciones y una buena difusión para darla a conocer, pues sería un gran instrumento para potenciar las inversiones.