Taller sobre beneficios tributarios de paneles solares térmicos realizó CChC Rancagua

20 / 04 / 16
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Diversificar la matriz energética en Chile e incentivar el uso de energía renovable no convencional en las nuevas construcciones fueron los temas que compartió el Taller de Difusión de Franquicia Tributaria Ley Nº 20.365, para la instalación de sistemas solares térmicos en viviendas nuevas.

En la instancia, también se dieron a conocer los beneficios que obtienen las empresas al incorporar paneles solares para la producción de agua caliente en sus proyectos habitacionales.

La actividad, organizada por la Cámara Chilena de la Construcción (CChC) junto a la Secretaría Regional Ministerial de Energía, consideró a través de distintas exposiciones una acabada explicación de la renovación de la ley 20.365, que impulsa este beneficio tributario, y revisó temas como técnicas de instalación, fiscalización de proyectos y aspectos tributarios.

“Parte de lo que se necesita para que se extienda la Franquicia Tributaria de los Sistemas Solares Térmicos en las regiones es que llegue la información, por lo que eventos como el de hoy, donde se puedan reunir constructores, consultores, proveedores e ingenieros, para que aprendan a implementar estos sistemas, es muy importante, lo mismo que haya apoyo de la Cámara Chilena de la Construcción, del Minvu, del Ministerio de Energía y del Servicio de Impuestos Internos para capacitarlos, es algo que tenemos que aprovechar”, destacó René Carvajal, Presidente CChC Rancagua.

En el mismo sentido agregó que “tenemos que considerar este taller como el punto de partida para que sigamos trabajando en forma conjunta este beneficio tributario, y revisemos temas como técnicas de instalación, fiscalización de proyectos y aspectos tributarios, y que tiene como finalidad dos miradas: menos contaminación al medio ambiente y un importante ahorro para las familias”, finalizó el presidente del gremio local.

En tanto, Alicia Barrera, Seremi de Energía señaló que “Nuestro objetivo es promover el impacto de sistemas solares térmicos de la población más vulnerable”.

SUBSIDIO

Esta franquicia permite subsidiar hasta el 100% del costo de los colectores solares para producir agua caliente, en el caso de las viviendas nuevas con un valor inferior a las 2000 UF; y entre las de 2000 UF y menos o igual a las 3000 UF, a la cual se aplica un porcentaje decreciente desde 100% a 0% a medida que sube el costo de la vivienda.

Otro mecanismo contemplado en esta ley es un aporte directo para financiar la instalación de sistemas solares térmicos en viviendas nuevas subsidiadas por el Estado.

Con este subsidio se podrá financiar todo o parte del valor de este sistema, su instalación, refuerzo de techumbre y programa de mantención por cinco años. Además, se establece el requerimiento de un contrato de mantención del sistema solar térmico, por cinco años, como requisito habilitante para acceder al beneficio.