Reforma Tributaria: el impacto del IVA a la vivienda

26 / 09 / 14

Luego de cinco meses de intenso debate, el Congreso aprobó la reforma tributaria más importante de los últimos 30 años, la cual introduce cambios significativos en materia de impuestos que gravan a las viviendas.

Es así que, por ejemplo, establece que para acceder al crédito especial de IVA a la construcción de viviendas, éstas deben tener un costo máximo de construcción ya no de 4.500 UF, como en la actualidad, sino de 2.000 UF. También duplica el impuesto de Timbres y Estampillas para viviendas que no sean DFL-2, fija un tributo a la ganancia de capital por la venta de bienes raíces –cuando se acumule en el tiempo una ganancia superior a las 8.000 UF– y obliga al pago de IVA por la compraventa de viviendas nuevas o usadas cuando el vendedor es habitual, excepto cuando se trate de inmuebles adquiridos con subsidio estatal.

Al respecto, cabe destacar que el protocolo de acuerdo firmado por todos los integrantes de la Comisión de Hacienda del Senado permitió mitigar en parte los efectos negativos del proyecto original.

Según nuestras estimaciones, éste hubiera provocado un aumento en el precio de las viviendas que hoy se comercializan entre 1.250 UF y 4.100 UF, con un incremento máximo en torno a 14% en el caso de viviendas de 2.500 UF. Con las correcciones introducidas por los senadores, el aumento del precio de las viviendas de menor valor quedó bastante acotado, aunque para los inmuebles de entre 3.400 UF a 4.000 UF la reforma hará que su valor se incremente en cerca de 12%.

Ahora bien, el punto que nos sigue preocupando es que la reforma tributaria conlleva un cambio sustancial en la valoración que históricamente se le ha dado a la vivienda.

Como gremio, creemos que tal como la salud y la educación, la vivienda no es un bien de consumo sino un bien social y un mecanismo de inversión, por lo que debe tener un tratamiento tributario diferenciado y su venta estar exenta del pago de IVA o, en su defecto, devolverse dicho impuesto al comprador. La reforma desconoce estas consideraciones, lo que estimamos profundamente equivocado, aun cuando los legisladores optaron por eximir de este tributo a las viviendas que se adquieran mediante los programas DS 01 y DS 49 de la Política Habitacional.

Por lo demás, esta última medida crea una discriminación arbitraria entre personas de igual condición que buscan adquirir una misma vivienda, pues quien tenga un subsidio pagará menos que quien no lo posea o ya lo haya utilizado, situación que contradice la política de movilidad del propio gobierno.

Durante el debate en torno a la reforma tributaria respaldamos la necesidad de mejorar la calidad de la educación y que el Estado cuente con recursos necesarios para ello. Sin embargo, también dejamos en claro que para fortalecer un pilar del desarrollo, como es la educación, no se debiera dificultar el acceso a la casa propia, dado que mejora la calidad de vida, es la base de la movilidad social y constituye la mayor inversión y fuente de ahorro de casi todas las familias.

Javier Hurtado C.

Gerente de Estudios

Cámara Chilena de la Construcción

Para fortalecer la educación, no se debiera dificultar el acceso a la casa propia, dado que mejora la calidad de vida.